Registro en el RUV de quien alega la condición de víctima.

Gestiona los formatos y las declaraciones, garantizando que cumplan con las condiciones mínimas para la valoración.

  • Define los medios, instrumentos y mecanismos mediante los cuales se tomará la declaración a las personas que se consideran víctimas en el marco de la ley 1448 de 2011.
  • Distribuye de forma gratuita, los formatos para la toma de declaraciones al Ministerio Público y Consulados.
  • Recibe las declaraciones provenientes de las oficinas del Ministerio Público, y realiza las tareas de alistamiento, radicación, verificación de requisitos mínimos de la declaración y subsana algunas inconsistencias*.

*Las declaraciones cuyas inconsistencias que no se pueden subsanar internamente, son devueltas a la oficina que tomó la declaración.