Fondo de Educación Superior para víctimas

Es una respuesta del Gobierno colombiano a lo ordenado por el artículo 51 de la Ley de Víctimas y Restitución de Tierras, Ley 1448 de 2011. Esta establece que, en materia de educación y en el marco de su autonomía, las Instituciones de Educación Superior (IES) definirán los procesos de selección, admisión y matrícula que posibiliten a las víctimas acceder a los programas académicos ofrecidos por estas instituciones en los términos de la Ley. Así mismo, ordena al Ministerio de Educación Nacional vincular a las víctimas dentro de las estrategias de atención a la población diversa y adelantar las gestiones para que sean incluidas dentro de las líneas especiales de crédito y subsidios del ICETEX.

En el año 2013, el Ministerio de Educación Nacional, ICETEX y La Unidad para las Víctimas constituyen el convenio de cooperación 389 con el fin de materializar lo ordenado en la Ley y se crea el “Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para Víctimas del Conflicto Armado en Colombia”. Para el año 2014, se adhieren la Secretaría de Educación Distrital y la Alta Consejería para los Derechos de las Victimas, la Paz y la Reconciliación de la ciudad de Bogotá.

Este fondo ofrece créditos 100% condonables para adelantar programas en los niveles técnico, tecnológico y profesional hasta por once Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (11 SMMLV) del valor total de la matrícula del periodo académico y, además, ofrece un recurso de sostenimiento por uno punto cinco salarios mínimos mensuales legales vigentes (1.5 SMMLV) por semestre.

Por parte de la Unidad para las Víctimas, se implementa la Estrategia “Construyendo mi Futuro”, la cual tiene como objetivo el acompañamiento y orientación a los beneficiarios del Fondo en la permanecía, graduación y condonación de los créditos educativos.

Información general

¿A quiénes está dirigido?

Víctimas que se encuentren incluidas en el Registro Único de Víctimas (RUV) o que sean reconocidas en los procesos de Restitución de Tierras, Justicia y Paz, o Jurisdicción Especial para la Paz o de la Corte Interamericana de Derechos Humanos. Además, que estén cursando o se encuentren admitidos en una Institución de Educación Superior reconocida por el Ministerio de Educación Nacional para cursar programas de pregrado en el nivel técnico, tecnológico o profesional, en la modalidad presencial, a distancia o virtual en Colombia.

¿Qué financia?

- Costo de matrícula: el valor de matrícula determinado por la Institución de Educación Superior que ofrece el programa académico. El costo a cubrir es hasta once Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (11 SMMLV) por cada semestre.

- Recurso de sostenimiento: por valor de uno punto cinco Salarios Mínimos Mensuales Legales Vigentes (1.5 SMMLV). Se entrega al beneficiario por semestre y está condicionado a la permanencia estudiantil.

- Recurso de permanencia: por valor de un Salario Mínimo Mensual Legal Vigente (1 SMMLV) por semestre dirigido a las Instituciones de Educación Superior que desarrollen programas diferenciales y preferenciales con enfoque de reparación integral y que presenten al Ministerio de Educación Nacional los informes semestrales de permanencia.

Requisitos para la Inscripción:

Las inscripciones se realizan únicamente a través de la página web del ICETEX, en las fechas y bajo las condiciones establecidas para tal fin en el reglamento operativo y texto de convocatoria publicado por el ICETEX.

1. Ser ciudadano/a colombiano/a.

2. No tener apoyo económico adicional de entidades nacionales u otros organismos para adelantar estudios de educación superior en el nivel universitario.

3. No tener título de nivel universitario.

4. Estar incluido en el Registro Único de Víctimas (RUV) o ser reconocido en los procesos de Restitución de Tierras, Justicia y Paz, Jurisdicción Especial para la Paz o de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

5. El documento de identidad con el cual el aspirante se identifica al momento de hacer su inscripción en la convocatoria debe coincidir con el que se encuentra registrado en el RUV. Para este fin, es responsabilidad del aspirante actualizar sus datos de registro de conformidad con lo establecido en la Ley 1448 de 2011.

6. Estar admitido o en proceso de admisión en una Institución de Educación Superior reconocida por el Ministerio de Educación Nacional, o estar cursando algún semestre de pregrado en una Institución de Educación Superior reconocida por el Ministerio de Educación Nacional.

7. Haber presentado la prueba Saber 11 o la prueba de estado equivalente.

8. Tener su propio correo electrónico.

Para más información del “Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para Víctimas del Conflicto Armado en Colombia”, puede acceder al siguiente enlace del ICETEX:  https://web.icetex.gov.co/es/-/poblacion-victima-del-conflicto-armado-en-colombia

El no cumplimiento de alguno de los anteriores requisitos excluirá al aspirante de participar en la respectiva convocatoria. La información diligenciada en el formulario de inscripción es responsabilidad única del aspirante, por lo cual, si al momento de legalizar el crédito condonable se encuentran inconsistencias, esto dará lugar a la no legalización y anulación de la aprobación del mismo sin perjuicio de las denuncias de tipo penal y disciplinario a las que haya lugar.

Selección, calificación y otorgamiento de créditos

En el cronograma establecido para cada convocatoria, la Junta Administradora realizará los procesos de validación, selección, calificación y adjudicación. Para ello, una vez retirados aquellos aspirantes que no cumplen los requisitos mínimos, se calificarán las postulaciones restantes teniendo en cuenta los siguientes criterios:

- Las postulaciones que cumplan los requisitos mínimos serán ordenadas de manera descendente, de acuerdo con el puntaje total obtenido en el proceso de calificación. Los recursos serán adjudicados en ese mismo orden hasta agotar la disponibilidad presupuestal, atendiendo a los requisitos establecidos en el Reglamento Operativo.

- En caso de empate para la asignación del crédito, se dirimirá con la asignación del aspirante que tenga mejor puntaje en el ICFES o prueba Saber 11, o aspiración a ingresar a una Institución de Educación Superior Pública y las demás que establezca la Junta Administradora en los términos de la convocatoria.

- El cumplimiento de los requisitos de selección no genera ningún derecho para quien se inscribe, ni obligación de adjudicarle un crédito condonable. Solo hasta que se verifique la disponibilidad presupuestal, se haya realizado el respectivo proceso de inscripción, el aspirante haya sido calificado y adjudicado el crédito condonable y, además, dicho aspirante haya efectuado los trámites de legalización del crédito y cuente con el concepto jurídico viable de las garantías por parte del ICETEX, solo en ese momento su estado será el de beneficiario.

Adjudicación de créditos condonables

La adjudicación de los créditos condonables se realiza de la siguiente manera:

- El Ministerio de Educación Nacional y las entidades constituyentes realizarán la validación de los criterios de selección y elaborarán el listado con la asignación y los puntajes correspondientes para cada uno de los postulantes en orden de elegibilidad (de mayor a menor puntaje total). Con base en el listado anterior, la Junta Administradora aprobará o no aprobará los créditos condonables a los aspirantes, atendiendo a los requisitos establecidos y el reglamento operativo.

- En el acta de adjudicación se dejará constancia de los siguientes datos: nombre, número de documento de identidad, proyección del valor del crédito adjudicado, programa académico e Institución de Educación Superior en la que fue admitido.

¿Cómo se legaliza el crédito?

Quienes sean seleccionados deberán radicar los documentos requeridos en la página WEB del ICETEX únicamente en las fechas establecidas en el cronograma. Aquellos que no lo hagan dentro del plazo señalado en cada convocatoria, que hayan diligenciado información falsa en los formularios de inscripción o hayan presentado documentación fraudulenta o inconsistente, no podrán legalizar el crédito condonable y la adjudicación será anulada.

Por solicitud del Ministerio de Educación Nacional, los beneficiarios de los créditos condonables quienes respaldan las obligaciones adquiridas, no serán sometidos a estudio crediticio ante centrales de riesgo ni tendrán la necesidad de registrar un deudor solidario para la obligación (los beneficiarios respaldarán los créditos condonables otorgados; esto debido a la importancia de viabilizar el otorgamiento del beneficio del crédito condonable a víctimas del conflicto armado con excelencia académica, de escasos recursos, y que posiblemente no cuentan con historial crediticio).

El ICETEX verificará la idoneidad de las garantías entregadas por el beneficiario y emitirá concepto de viabilidad según corresponda (viable o no viable). En caso de que sea no viable, el beneficiario deberá volver a presentarlas dentro del plazo que le indique el ICETEX. El procedimiento de legalización culminará una vez el crédito obtenga la viabilidad jurídica de las garantías.

¿Cómo logra la condonación del crédito?

Los créditos educativos otorgados a través del Fondo serán condonados con el cumplimiento de los siguientes requisitos:

- Cumplir con la totalidad del tiempo de estudios y culminar satisfactoriamente los mismos.

- Obtener el título o grado respectivo expedido por la Institución de Educación Superior.

- Cumplir los compromisos con la estrategia de acompañamiento de la Unidad para las Víctimas.

Para quienes ya son beneficiarios del “Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para Víctimas del Conflicto Armado en Colombia” y requieren más información de la Estrategia de Acompañamiento “Construyendo mi Futuro”, pueden comunicarse al correo: estrategia.educacion@unidadvictimas.gov.co

Podcast pedagógico: Fondo de Reparación para el Acceso, Permanencia y Graduación en Educación Superior para la Población Víctima.