Participación de las Víctimas

La participación es un derecho que tienen las víctimas para hacer conocer sus propuestas en la implementación y seguimiento de la Ley de Víctimas e incidir en la definición de políticas públicas que actúen en su beneficio.

La Unidad de Víctimas hace acompañamiento técnico a las Mesas de Participación Efectiva de Víctimas que operan a nivel municipal, departamental y nacional, para que estos escenarios operen de acuerdo a lo dispuesto en el Protocolo de Participación Efectiva de las Víctimas expedido por medio de la Resolución 388 de 2013.

Está dirigido a las víctimas organizadas a través de sus Organizaciones de Víctimas (OV), a las víctimas no organizadas, a las Organizaciones Defensoras de los Derechos de las Víctimas (ODV) y a las Mesas de Participación Efectiva de Víctimas en todos los niveles territoriales.

Para que las OV y las ODV hagan parte de las Mesas de Participación, deben inscribirse ante el Ministerio Público, a nivel municipal en la Personería y en el nivel departamental en la Defensoría del Pueblo Regional, durante el primer trimestre de cada año. Las Mesas de Participación se reúnen ordinariamente 4 veces al año, de acuerdo a lo que dispone el Protocolo de Participación Efectiva.

La Subdirección de Participación tiene asesores encargados de apoyar a los departamentos y trabajan en coordinación con los Enlaces de Participación de las Direcciones Territoriales de la entidad, para asesorar tanto a las OV, las ODV como para asesorar y resolver inquietudes al Ministerio Público, a la sociedad civil, a las entidades territoriales y a las víctimas no organizadas.

Debe dirigirse a las Direcciones Territoriales y a la Subdirección de Participación o hacer sus consultas a través del correo electrónico dispuesto para tal fin subdireccionparticipacion@unidadvictimas.gov.co.
Líneas telefónicas de atención: (57 1) 7965150.

Tenga en cuenta:

Estos trámites deben adelantarse directamente con el funcionario de la Unidad para las Víctimas, son gratuitos y por ningún motivo se deberá acudir a intermediarios. Evite ser víctima de fraudes.
Normatividad: Ley 1448 de 2011 “Por la cual se dictan medidas de atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno y se dictan otras disposiciones.”

Para más información consulte la sección de Participación en nuestra página.