Ayuda Humanitaria
Colocación de recursos de asistencia humanitaria (ayuda y atención humanitaria) para cobro, de hechos diferentes al desplazamiento forzado.
Objetivo del Trámite
Tramitar solicitudes de Ayuda Humanitaria a víctimas de hechos diferentes al desplazamiento forzado, de acuerdo con la afectación sufrida en el marco del conflicto armado interno en Colombia.
Requisitos que debe presentar el solicitante
- Ser víctima incluida en el RUV por hechos Victimizantes diferentes al desplazamiento forzado.
- La persona debe tener documento vigente y sin novedad reportada por las demás entidades del SNARIV al momento de procesar la solicitud.
Para la atención a menores de edad e interdicto:
- Debe existir un tutor o cuidador mayor de edad con documento vigente y sin novedad reportada por las demás entidades del SNARIV al momento de procesar la solicitud
- El tutor o cuidador debe presentar el documento que lo acredite como designado por entidad competente
A quien está dirigido
Ciudadanos víctimas incluidos en el RUV por hechos victimizantes diferentes al desplazamiento forzado
Qué condiciones debe cumplir el solicitante
- Entre la fecha del hecho y la fecha de declaración no debe haber transcurrido más de un año
- Para los hechos victimizantes de secuestro y vinculación de NNA no debe haber transcurrido más de un año entre la fecha de liberación y la fecha de la declaración
- Para los casos de desaparición forzada no debe haber transcurrido más de un año entre la fecha de aparición o declaración de muerte presunta y la fecha de la declaración
Para los hechos de amenaza, despojo o abandono que tengan asociado un desplazamiento forzado, serán atendidos por la ruta de Atención Humanitaria
Cuáles son los pasos que debe seguir el solicitante
Existen dos escenarios que se deben contemplar para la gestión de la solicitud:
Escenario 1:
- Rendir declaración ante Ministerio Público para dar inicio al proceso de valoración por parte de la Unidad para las Víctimas y de esa forma acceder a las medidas que por ley tiene derecho.
- Una vez cuente con la respuesta de la Unidad para las Víctimas, de estar incluido en el RUV, internamente la Unidad gestiona para realizar la colocación de los recursos (si aplica).
Escenario 2:
- Rendir declaración ante Ministerio Público para dar inicio al proceso de valoración por parte de la Unidad para las Víctimas y de esa forma acceder a las medidas que por ley tiene derecho.
Una vez cuente con la respuesta de la Unidad para las Víctimas acercarse a través de los diferentes canales de atención dispuestos por la Unidad a realizar la solicitud de la ayuda humanitaria.
Cuál es el tiempo máximo de respuesta
No se encuentra establecido de 15 a 45 días hábiles.
Indique los medios o canales donde se realiza el trámite
Presencial, telefónico, virtual y escrito
Tenga en cuenta
Las victimas en todos los casos deben documentar y soportar la afectación sufrida, o la relación/vínculo de la víctima con los destinatarios de la Ayuda Humanitaria según lo definido a través de la resolución 2349 del 28 de diciembre de 2012