No habrá arresto a la directora Paula Gaviria
El pasado martes 10 de noviembre la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas notificó personalmente al ciudadano Rodolfo Sánchez Rodríguez, en el Punto de Atención a Víctimas en Armenia, su no inclusión en el Registro Único de Víctimas, documento que el señor se negó a firmar y hoy reposa como prueba en el Tribunal Superior del Distrito Judicial del Quindío para que sean los magistrados quienes definan si la Unidad incurrió en desacato o por el contrario revoque la decisión de la juez.
La Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas territorial Eje Cafetero, informa a la opinión pública que su directora nacional, Paula Gaviria Betancur, no será objeto de arresto por parte de las autoridades, en razón del fallo proferido por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Armenia.
El ciudadano Rodolfo Sánchez Rodríguez realizó su declaración ante el ministerio público el pasado 22 de diciembre del año 2014 y el 14 de mayo de 2015 la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas profirió la resolución número 2015-112767, por medio de la cual se decidió no incluirlo en el Registro Único de Víctimas (RUV), por el hecho victimizante de desplazamiento.
Acto seguido Sánchez Rodríguez interpuso una acción de tutela por considerar que se le estaban vulnerando sus derechos fundamentales; el fallo en primera instancia se profirió en favor del demandante, además ordenó iniciar el proceso de caracterización familiar del señor Sánchez y solucionarle el componente de ayuda humanitaria en menos de 48 horas.
El mismo ciudadano al no obtener la respuesta por parte de la Unidad con la celeridad que requería, acudió a una acción de desacato y en dicha instancia el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Armenia, sancionó con arresto de tres días y una multa a la directora de la Unidad, Paula Gaviria Betancur, por el supuesto incidente de desacato a la acción constitucional.
El pasado martes 10 de noviembre la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas notificó personalmente al ciudadano Rodolfo Sánchez Rodríguez, en el Punto de Atención a Víctimas en Armenia, su no inclusión en el Registro Único de Víctimas, documento que el señor se negó a firmar y hoy reposa como prueba en el Tribunal Superior del Distrito Judicial del Quindío para que sean los magistrados quienes definan si la Unidad incurrió en desacato o por el contrario revoque la decisión de la juez.
Así las cosas, la directora Paula Gaviria Betancur no podrá ser arrestada por desacato a la acción interpuesta, por la razón que el señor Rodolfo Sánchez Rodríguez jamás fue aceptado como víctima por parte de la Unidad.
Prestar la asistencia inmediata a las demandas del ciudadano no corresponde a la Unidad para la Atención y Reparación Integral a las Víctimas, sino a la Alcaldía Municipal en la cual se declaró el hecho, para este caso Circasia, en el departamento del Quindío.