Abiertas inscripciones para elegir mesas de participación de víctimas en Amazonas
Las mesas de participación son espacios para los sobrevivientes del conflicto armado colombiano tras la aprobación de la Ley 1448 de 2011 o Ley de Víctimas y Restitución de Tierras.
Las inscripciones se llevan a cabo en las personerías municipales y en la Defensoría del Pueblo para la Mesa Departamental, debido a que esta entidad cumple la función de Secretaria técnica de estas mesas de participación efectiva de víctimas, contenidas en el Artículo 288 del Decreto 4800 de 2011.
“Las víctimas del conflicto armado pueden inscribirse hasta este viernes 31 de marzo para poder ser elegidos como representantes en las mesas de participación efectiva de las víctimas, por un periodo de dos años”, afirma Carlos Pardo Alezones, director territorial de la Unidad en Meta y Llanos Orientales.
Según el artículo 269 del Decreto 4800 de 2011, reglamentario de la Ley 1448, las organizaciones de víctimas y organizaciones defensoras de los derechos de las víctimas interesadas en conformar las mesas de participación, deberán realizar su inscripción de acuerdo a los distintos hechos victimizantes (contra la vida y la libertad, contra la integridad física, violencia sexual y desplazamiento forzado) y enfoques diferenciales (jóvenes, persona mayor, mujeres, LGBTI, personas en condición de discapacidad y étnicos).
Requisitos para la postulación de las organizaciones de víctimas
• El documento de identidad del representante legal o delegado de la organización.
• Acta donde conste la voluntad organizativa o asociativa de sus miembros.
• La certificación, comunicación, acta o instrumento que avale la solicitud de inscripción y que además exprese la voluntad de participación por parte de los integrantes de la organización.
• Diligenciar el formulario de inscripción.
• Estar inscrito en el Registro Único de Víctimas.
• Haber sido elegido y postulado por una organización de víctimas del municipio.
• Inscribirse por el hecho victimizante declarado y enfoque diferencial (mujeres, adulto mayor, LGTBI, discapacidad y jóvenes).
• Vivir en el municipio donde se inscriben.
• No tener antecedentes penales y disciplinarios, con excepción de delitos políticos o culposos.