Nov
09
2020

Unidad para las Víctimas ha cumplido con lo ordenado por la Corte Constitucional

En una sentencia de unificación al revisar una tutela, el Alto Tribunal le ordenó a la entidad incluir en el Registro Único de Víctimas a una mujer que perteneció a un grupo al margen de la ley.

Bogotá, D.C.Bogotá, D.C.

La Corte Constitucional mediante la Sentencia SU-599 de 2019 tuteló los derechos fundamentales de “Helena” y ordenó incluirla en el Registro Único de Víctimas y que, en el término máximo de 15 días hábiles contados a partir de la notificación de esta sentencia, inicie la prestación de los servicios psicosociales y psicológicos, con enfoque diferencial de género, y que en el proceso de reparación integral se atienda a la accionante con enfoque diferencial de género y debida diligencia en el amparo de sus derechos fundamentales.  

La Unidad para las Víctimas, previa a la notificación de la sentencia, en cumplimiento del mandato constitucional y del juez de tutela, expidió la Resolución No. 2017-84336T de 25 de marzo de 2020 FUD NG000729277 “Por la cual se da cumplimiento a la Sentencia SU 599 de 2019 proferida por la H. Corte Constitucional y ordenó incluir en el Registro Único de Víctimas a “Helena” para que accediera a toda la oferta institucional. 
 
A la Unidad para las Víctimas solo se le notificó el fallo de la Corte Constitucional hasta el 1 de abril de 2020 por parte del Juzgado 31 Civil de Circuito de Bogotá, para el cumplimiento de la orden. Es decir que a la fecha han transcurrido seis meses, tiempo en el cual se ha dado cumplimiento a las órdenes de la Corte Constitucional y no 10 meses como se anunció por parte del juez de tutela. 

La Unidad para las Víctimas ofreció y realizó el acompañamiento psicosocial a la accionante el 15 y el 25 de agosto de 2020, en el cual se le ofreció la información sobre las estrategias de acompañamiento psicosocial de la Unidad y su derecho y posibilidad de acceder a ellas.  

La Unidad para las Víctimas, mediante tres escritos con fechas del 5 y 20 mayo y 20 de agosto de 2020 le informó de forma diligente y oportuna al Juez 31 Civil de Bogotá, las gestiones que se adelantaron para cumplir el fallo de tutela. Por lo cual sorprenden a la entidad las afirmaciones que se realizaron sin sopesar la fecha en que se notificó la sentencia y las acciones de la entidad para garantizar la protección de los derechos fundamentales de “Helena”. 

La Unidad para las Víctimas aclara que, pese a que cursa ante la Corte Constitucional una solicitud de nulidad de la sentencia, la entidad dio cumplimiento de las órdenes de Alto Tribunal, lo que demuestra su compromiso con cumplir las órdenes de los jueces y garantizar los derechos de las víctimas, al margen del debate jurídico ante los despachos judiciales. 

La Unidad para las Víctimas continuará garantizando la protección de los derechos fundamentales de las víctimas, en el marco de la Ley 1448 de 2011 y seguirá acatando las órdenes del Juzgado 31 Civil del Circuito de Bogotá con la debida diligencia, como se explicó con cada una de las acciones que se implementaron para salvaguardar los derechos de la accionante.

(Fin/OAJ-DFM/LMY)