Enfoque diferencial para las víctimas que pertenecen a las comunidades negras, Afrocolombianas, raizales y palenqueras.
La marginalidad y segregación que históricamente han afrontado las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras, sumado a las afectaciones a los derechos fundamentales y colectivos, violaciones al Derecho Internacional Humanitario y derechos humanos obligan al Estado colombiano a que a través de medidas de atención asistencia, reparación y restitución de tierras:
- Se respete y dignifique su cultura, su existencia física y se restituyan sus derechos ancestrales y culturales.
- Se garanticen sus derechos como víctimas a. las comunidades negras, afrocolombianas, raizales y palenqueras como sujetos colectivos y a los integrantes de estas comunidades de forma individual, que hayan sufrido daños por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al Derecho Internacional Humanitario, Derechos Humanos, que guarden relación con factores subyacentes y vinculados* al conflicto armado.