Feb
20
2018

Indemnizaciones colectivas se entregarán a seis comunidades étnicas en Chocó, Antioquia y Cauca

Durante dos días la Unidad para las Víctimas notificará de las indemnizaciones colectivas a cinco comunidades de Chocó y una de Cauca, todas afectadas por el conflicto armado.

AntioquiaApartadó

Los días 21 y 22 de febrero se realizarán las notificaciones de las resoluciones de indemnización colectiva para los sujetos de reparación colectiva de los resguardos de La Puria y Sabaleta, en Quibdó-Chocó, los resguardos de Cuti, Tanela y Eyákera, en Apartadó-Antioquia y el resguardo de Pitayó en Silvia, Cauca.

De acuerdo con el artículo 109 del Decreto Ley 4633 de 2011, la indemnización administrativa para los pueblos y comunidades étnicas víctimas del conflicto armado será preferentemente colectiva. El reconocimiento de la misma se realiza por medio de resolución y los montos son establecidos en el marco de la consulta previa de los Planes Integrales de Reparación Colectiva (PIRC), de acuerdo con la resolución número 01449 de 2017, con base en los siguientes criterios: daños al colectivo, número de personas que conforman la comunidad étnica y la afectación a niños, niñas y adolescentes.

La ejecución de la indemnización se realiza por medio de fondos comunitarios que deben ser administrados por las autoridades o representantes de los pueblos o comunidades.

Esta medida hace parte integral de la reparación colectiva, comprende la compensación económica que se realiza por vía administrativa ante los daños causados en el marco del conflicto armado como consecuencia de las violaciones a los derechos colectivos y a los derechos individuales con impacto colectivo.

La indemnización colectiva debe contribuir, de forma efectiva, a la reparación integral de los pueblos y comunidades indígenas, ser un instrumento de pervivencia cultural de los pueblos, debe proteger la identidad y la integridad de los pueblos y comunidades indígenas y contribuir, de acuerdo con los planes de vida, al fortalecimiento cultural, social, económico, político, organizativo y del tejido social, siguiendo el principio de autodeterminación de los pueblos.

El cronograma de las entregas de indemnizaciones colectivas es el siguiente:

- Resguardo La Puria, Quibdó: 21 de febrero.
- Resguardo Sabaleta, Quibdó: 21 de febrero.
- Resguardo de Cuti, Apartadó: 21 y 22 de febrero.
- Resguardo de Tanela, Apartadó: 21 y 22 de febrero.
- Resguardo de Eyákera, Apartadó: 21 y 22 de febrero.
- Resguardo de Pitayó Silvia: 21 de febrero.