Dirección de Registro y Gestión de la Información

La Dirección de Registro y Gestión de la Información (DRGI), desarrolla su misionalidad en dos grandes componentes o líneas de acción de acuerdo con lo establecido en la normatividad vigente.

  • La primera de ellas consiste en proponer los lineamientos para la administración, operación y funcionamiento del Registro Único de Víctimas (RUV), mediante el diseño de los procedimientos requeridos para analizar, valorar y decidir sobre las solicitudes de inscripción al RUV.
  • La segunda consiste en coordinar la Red Nacional de Información mediante la gestión que propenda por la integridad e interoperatividad de los sistemas de información de las diferentes entidades que la conforman, con el objetivo de disponer de insumos que permitan realizar análisis y proponer ajustes en la implementación de la política de asistencia, atención y reparación integral a víctimas.

El actual Registro Único de Víctimas está conformado por los registros de los marcos normativos que desde 1997 han buscado la atención de las víctimas del territorio colombiano (i) ley 387 de 1997, (ii) ley 418 de 1997, (iii) ley 975 de 2005, (iv) decreto 1290 de 2008 y (v) la ley 1448 de 2011.

Para cumplir su propósito, la Dirección se apoya en la Subdirección Técnica de Valoración y Registro (SVR) y la Subdirección Técnica Red Nacional de Información (SRNI).