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Unidad coordina la atención por el brote de COVID-19 en alojamiento temporal para la comunidad embera en Bogotá
En un trabajo articulado con las entidades del Distrito y los entes de control, la Unidad para las Víctimas tomó las medidas de bioseguridad para atender y aislar de manera preventiva a las 18 personas de la comunidad indígena que resultaron contagiadas de COVID-19.
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La Unidad para las Víctimas cuenta con un esquema de alojamiento temporal ubicado en el centro de la capital, destinado a atender a la población indígena de la comunidad embera en situación de desplazamiento forzado en Bogotá, atendiéndola permanentemente mediante, entre otros componentes, alojamiento temporal, alimentación, kit de aseo personal y acompañamiento multidisciplinario, entre tanto se adelantan las acciones tendientes al proceso de reubicación definitiva en la capital.
En el marco de la flexibilización de la cuarentena decretada por el Gobierno nacional en el mes de junio de 2020, durante la aplicación de los protocolos para el entrada y salida del alojamiento temporal, se encontró que algunos integrantes de la comunidad indígena presentaban altas temperaturas corporales, razón por la cual se le informó de inmediato a la Secretaría Distrital de Salud, la cual procedió al adelantamiento de acciones tendientes a toma de pruebas COVID-19, de manera voluntaria con la población albergada.
Ramón Rodríguez, director de la Unidad para las Víctimas, dijo que, de las pruebas practicadas a 24 miembros de la comunidad embera, se encontró que 18 personas dieron positivo por COVID-19, razón por la cual “la entidad le solicitó a la Secretaría de Salud del Distrito, como autoridad sanitaria oficial en Bogotá, lineamientos y orientación institucional necesarios con el fin de establecer las medidas de aislamiento, cuarentena y protocolos de bioseguridad en el esquema de alojamiento temporal, que permitieran un correcto manejo de la situación".
“Pese a la compleja situación, junto con el operador se establecieron estrategias para continuar irrestrictamente con los componentes propios del alojamiento y junto con las entidades de salud del Distrito, estamos coordinando para que se realice un tamizaje amplio con el fin de determinar si existen otros contagios”, agregó el funcionario.
Frente al tema de los integrantes de esta comunidad indígena que resultaron contagiados de COVID-19 y que son asintomáticos, Rodríguez afirmó que “se les está brindando toda la atención y orientación por parte de la Secretaría Distrital de Salud”.
“En el albergue se tomaron todas las medidas del protocolo de salud y se adelantan las propias tendientes al proceso total de aislamiento de los casos positivos, si se tiene en cuenta que la comunidad étnica no ha permitido la práctica de pruebas de todos sus integrantes”, añadió el director de la Unidad para las Víctimas.
El director informó que 32 personas que se encuentran en el albergue no han permitido la toma de la prueba, de acuerdo con el reporte oficial entregado por la Secretaría Distrital de Salud. Por este motivo, se vienen adelantado varias reuniones con la comunidad embera, la Unidad para las Víctimas, la Secretaría de Salud y el acompañamiento de las entidades del Ministerio Público, con el fin de persuadir a toda la población para que acojan las medidas sanitarias en el alojamiento temporal, pues varios miembros de la comunidad manifiestan su desacuerdo o han sido renuentes a acatar tales lineamientos, dentro de los cuales se encuentra la toma de segundas pruebas y el aislamiento obligatorio.
La compleja situación se ha puesto en conocimiento de la Procuraduría General de la Nación, la Personería de Bogotá, la Defensoría del Pueblo y la Policía Nacional, y se trabaja articuladamente con el Distrito Capital para establecer y hacer cumplir los parámetros de bioseguridad y convivencia que deben ser acatados por la población indígena, pues, el incumplimiento del manual de convivencia y de los protocolos necesarios para el control y superación de la situación por parte de algunos miembros de la comunidad embera, podría generar la imposibilidad de continuar con el esquema de alojamiento temporal por parte de la Unidad para las Víctimas, si se tiene en cuenta que el mismo no puede ser un supuesto de incumplimiento de parámetros mínimos de convivencia, ni foco de contagio de pandemia.
(Fin/DFM/LMY)