Abr
06
2020

Unidad continúa atendiendo a comunidades indígenas que fueron desalojadas en Bogotá

De manera integral y con enfoque diferencial, la Unidad para las Víctimas acompaña a la población embera perteneciente a las comunidades chamí y katío, que se encuentra en situación de desplazamiento forzado en la capital del país.

Bogotá, D.C.Bogotá, D.C.

 El Gobierno nacional, mediante el Decreto 417 de 2020, declaró el Estado de Emergencia Económica, Social y Ecológica en todo el territorio Nacional, con el fin de garantizar la atención en salud de la población afectada por causa de la emergencia económica, social y ecológica derivada de la pandemia de COVID-19.

En el marco de la emergencia sanitaria, en la capital colombiana, en los últimos días fueron desalojadas de forma irregular, familias de la comunidad embera, víctimas de desplazamiento forzado y, por tanto, en situación de vulnerabilidad manifiesta.

Por lo anterior, la Unidad para las Víctimas cumpliendo con su misionalidad establecida en la Ley 1448 de 2011, se encuentra implementando acciones con el objeto de mitigar la situación actual de las familias embera, restableciendo y resguardando sus derechos como comunidad étnica, dentro de las cuales se encuentran las siguientes:

1.    Se solicitó a las entidades de la Alcaldía Mayor de Bogotá, un único censo completo del número de familias con el fin de cruzar con las bases de datos de la entidad, para evaluar cada caso en forma particular y proceder a programar la atención humanitaria de acuerdo con el resultado del proceso de medición de carencias; proceso que se está realizando en forma inmediata.

2.    Dentro del grupo de familias de la comunidad embera se están focalizando  y priorizando los casos especiales de núcleos familiares conformados por sujetos de especial protección constitucional, con el objeto de que puedan ingresar al esquema de alojamiento temporal coordinado por la Unidad para las Victimas en Bogotá.

3.    Se solicitó a las entidades de la Alcaldía Mayor de Bogotá, acompañar a las demás familias de la comunidad embera en la consecución de una solución habitacional inmediata, que pueda mitigar la situación de vulnerabilidad manifiesta.

4.       Se realizará seguimiento a la situación de las familias embera, una vez realizadas todas las acciones para continuar con la fase de mitigación de la pandemia, en la que se encuentra actualmente el Estado colombiano.

(Fin/DFM/LMY)