
Informativo Personas Privadas de la Libertad PPL V1
Autor Entidad:
Unidad de Víctimas
Reseña:
Recuerde que la información que sea aportada al procedimiento para reconocer y otorgar la indemnización por vía administrativa durante el curso de su trámite es la expresión del consentimiento del PPL, en dichos términos, lo hace responsable ante las autoridades judiciales o administrativas frente a los datos que se provean. En los casos que la información aportada no corresponda a la realidad y, con ella, se haya provocado la errada entrega de la indemnización, la Unidad para las Víctimas procederá a revocar la medida y ordenar su reintegro, de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 198 de la Ley 1448 de 2011
Nivel de Publicación:
Público
Fecha de publicación:
Miércoles, Agosto 21, 2019
