La reparación integral avanza garantizando los derechos fundamentales de las víctimas del conflicto
Cada 10 de diciembre, desde 1948, se conmemora el Día Internacional de los Derechos Humanos, cuando la Asamblea General de las Naciones Unidas adoptó un documento en el que se proclaman derechos inalienables a todo ser humano independientemente de su raza, sexo, idioma, opinión, posición económica, entre otros.
La Unidad para las Víctimas, como el mayor actor humanitario del país, conmemora esta fecha atendiendo a su misión, de acuerdo con lo consignado en la Ley 1448, Ley de Víctimas y Restitución de Tierras. Es así como, con sus acciones, la entidad trabaja de forma permanente y articulada con las entidades del Gobierno nacional para garantizar los derechos de las víctimas del conflicto, de manera digna, respetuosa y diferencial.
En el marco del derecho a la verdad, justicia y reparación y del derecho a las medidas de reparación integral, es importante mencionar que el Registro Único de Víctimas (RUV) es el instrumento que garantiza al Sistema Nacional de Atención y Reparación a las Víctimas (SNARIV) una rápida y eficaz información nacional y regional sobre las violaciones de que trata el artículo tercero de la Ley 1448 de 2011, facilitando la identificación y diagnóstico de las circunstancias que ocasionaron y ocasionan el daño a las víctimas.
En ese sentido, la Dirección de Registro y Gestión de la Información de la Unidad para las Víctimas, encargada de la administración del RUV, mantiene actualizada la información de las víctimas, con el fin de garantizar el goce efectivo de derechos y el acceso, en condiciones dignas y equitativas, a la ruta integral de reparación.
De otra parte, las víctimas que han sufrido el desplazamiento forzado tienen el derecho a solicitar y recibir atención humanitaria, para esto cuentan con mecanismos de atención dispuestos para tal fin como: centros Regionales de Atención a Víctimas y puntos de Atención cercanos a su lugar de residencia, y medios escritos, telefónicos y virtuales para que, de acuerdo con sus necesidades y capacidades, reciban la atención acorde a sus carencias y vulnerabilidades particulares identificadas. Principalmente, se busca mitigar las necesidades básicas en los componentes de alojamiento temporal y alimentación, y así, contribuir al derecho a su subsistencia mínima.
La Unidad para las Víctimas garantiza, además, el derecho a la participación de las víctimas del conflicto, fortaleciendo los escenarios creados para tal fin, mediante el acercamiento de las entidades con las mesas de participación efectiva de las víctimas, que se evidencia en espacios de concertación y trabajo conjunto.
De igual manera, todas las víctimas del conflicto tienen derecho a la información sobre las rutas y los medios de acceso a las medidas que se establecen en la entidad. A través del Grupo de Servicio al ciudadano se diseñan e implementan estrategias de servicio por diferentes canales de atención, con el fin de brindar una respuesta integral con calidez, calidad y oportunidad a los ciudadanos (víctimas, no víctimas, organizaciones, entre otros).
La entidad, también aporta al derecho de las mujeres a vivir libres de violencia, teniendo en cuenta las características del hecho victimizante de delitos contra la libertad e integridad sexual y la valoración que de este hecho se hace con aplicación del enfoque diferencial y de género, de acuerdo con los riesgos excepcionales y desproporcionados a los que se han visto expuestas en el marco del conflicto, garantizando, con su reconocimiento, el acceso a todas las medidas de atención, asistencia y reparación integral.
El derecho a la protección especial de infancia y la adolescencia también es fundamental en la ruta de la reparación integral. La Dirección de Registro y Gestión de la Información garantiza el principio de interés superior del menor ya que, en cumplimiento de los pronunciamientos de la Corte Constitucional, entre ellos el Auto 251 de 2008, se realiza el ingreso al RUV de los niños, niñas y adolescentes (NNA) nacidos con posterioridad al desplazamiento y, para los núcleos familiares que ya se encuentran incluidos en el RUV, el ingreso de los NNA se realiza a través de una novedad.
El derecho a las medidas de reparación integral, tales como la indemnización administrativa, permite al Estado colombiano entregar una compensación económica a quienes sufrieron en el marco del conflicto armado interno infracciones al derecho internacional humanitario o graves violaciones a los derechos humanos susceptibles de ser indemnizadas, medida orientada a contribuir en la reconstrucción de los proyectos de vida de las víctimas.
La Unidad para las Víctimas también trabaja por el derecho al retorno y reubicación en condiciones de voluntariedad, seguridad y dignidad; derecho a la reparación de las comunidades étnicas, entre otros que fueron vulnerados con ocasión del conflicto.
Las víctimas son beneficiarias de las acciones afirmativas adelantadas por el Estado para proteger y garantizar sus derechos en condiciones de dignidad. La gestión de Unidad, a través de sus cinco direcciones misionales, contribuye al restablecimiento de los derechos de las víctimas y al mejoramiento de sus condiciones con enfoque diferencial.
(Fin/AVA/LMY)