Se expidió decreto que define responsabilidades de entidades en política de víctimas para 2016
El pasado martes, se expidió la Resolución Nº 289 del 15 de marzo de 2016, por la cual se define el proceso de aplicación de los principios de subsidiaridad y concurrencia en la estrategia de corresponsabilidad, para la vigencia 2016.
El Decreto 2460 de 2015, incorporado en el Decreto 1084 de 2015, estableció la estrategia de corresponsabilidad para la política pública de víctimas. Tres meses después, se expide el proceso para la aplicación de los principios de subsidiariedad y concurrencia, durante la vigencia 2016.
La estrategia de corresponsabilidad es un proceso de gestión pública que articula los niveles de gobierno del Estado colombiano, para el diseño e implementación efectiva de la política de prevención, protección, atención, asistencia y reparación integral a las víctimas del conflicto armado interno.
Ésta facilita la aplicación de los principios de coordinación, subsidiariedad y concurrencia tal como se establece en el artículo 27 de la Ley 1454 de 2011, correspondiente a ordenamiento territorial. De igual manera, permite el ejercicio de las competencias de las entidades públicas en los distintos niveles de gobierno, en relación con la política pública dirigida a las víctimas del conflicto armado interno para el goce efectivo de los derechos de la población objeto de esta política.
Así, la Resolución establece la forma en que se implementa la estrategia de corresponsabilidad para este año, definiendo los criterios para aplicar los principios de subsidiariedad y concurrencia; los plazos para la identificación de las necesidades de la población víctima y compromisos por cada nivel de gobierno; la regionalización del presupuesto de inversión de entidades nacionales y los plazos para el reporte en las herramientas de seguimiento.
De acuerdo con el Decreto de Corresponsabilidad y la presente Resolución, por ahora las alcaldías y gobernaciones continuarán en el proceso de incorporación de la política de víctimas en su Plan de Desarrollo Local y, una vez se haya aprobado este, contarán con un mes para la elaboración del Plan de Acción Territorial (PAT), con vigencia a cuatro años.
Posteriormente las alcaldías tendrán plazo hasta el 31 de agosto de 2016 y las gobernaciones hasta el 30 de septiembre de 2016 para que en la herramienta conocida como “Tablero PAT” realicen la identificación de las necesidades de la población víctima y los compromisos que asumirán en el marco de la política pública para las víctimas durante la vigencia 2017.
Las entidades nacionales tendrán hasta el 15 de noviembre de 2016 para hacer lo propio en la herramienta Tablero PAT.